Resumen: La sentencia analizada resuelve recurso de apelación interpuesto contra la dictada en primera instancia, que estimó la demanda presentada para pedir la condena del demandado a realizar diversas obras encaminadas a cumplir con las obligaciones del propietario de un local para con la comunidad de propietarios (art. 7 de la Ley de Propiedad Horizontal). Los demandados/apelantes solicitan la revocación de la sentencia por carecer aquellos de legitimación, al no ser el local de su propiedad. En primer lugar, el tribunal aprecia el motivo alegado en el recurso en relación con la falta de congruencia al no haberse resuelto en la sentencia recurrida acerca de la falta de legitimación pasiva alegada. En relación con esta cuestión, el tribunal aprecia falta de legitimación pasiva porque consta un cambio de titularidad por la segregación del local, ocupado por dos negocios diferentes, sin que por la comunidad se hubiera interesado identificar a los propietarios, siendo los demandados meros ocupantes. Afirma el tribunal que la realización de obras por parte de los ocupantes, como arrendatarios, no legitima a la comunidad para dirigirse frente a ellos ejercitando acciones fundadas en los preceptos de la Ley de Propiedad Horizontal; la acción se debe ejercitar frente al propietario. Rechaza, también, el tribunal la prescripción de la acción.